Veda electoral 2025: reglas y multas
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Veda electoral 2025: ¿qué no se puede hacer y cuáles son las multas?

La veda electoral tiene como finalidad que la ciudadanía reflexione durante tres días su voto rumbo a la elección judicial del 1 de junio.

A partir de las 00:00 horas del jueves 29 de mayo de 2025 entró en vigor la veda electoral en todo el país, previo a las elecciones del domingo 1 de junio.

Durante este periodo, queda estrictamente prohibida la realización de actos de campaña, el proselitismo político, la difusión de propaganda electoral y la publicación de encuestas, con el objetivo de ofrecer a la ciudadanía un espacio de reflexión libre de influencias.

Además, ninguna autoridad podrá promocionar logros de gobierno. Quienes incumplan estas disposiciones pueden enfrentar sanciones que van desde multas económicas de hasta 200 días de salario mínimo, hasta penas de prisión de dos a seis años para candidatos o funcionarios que violen la normativa.

Infografía veda electoral 2025: reglas y multas

 

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Autor: Edward E. López

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