El Gobierno de México decretó una emergencia nacional de sanidad animal para impedir la entrada y expansión del gusano barrenador en el ganado.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural activó un operativo nacional de emergencia zoosanitaria tras verificar la presencia y expansión del Gusano Barrenador en el ganado mexicano.
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La disposición, difundida en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2025, actualiza y amplía el acuerdo establecido en julio de 2024, que había sido prorrogado en enero y junio de 2025.
La decisión responde a nueva evidencia científica que demuestra la propagación de la plaga hacia regiones adicionales del país, lo que exige reforzar las acciones de vigilancia y control para proteger la sanidad animal en todo México.
Gobierno activa plan por presencia de gusano barrenador
El Gobierno de México describe al DINESA como un instrumento diseñado para responder de manera organizada ante enfermedades que puedan afectar al ganado, estableciendo coordinación entre todas las personas y autoridades involucradas con el fin de reducir riesgos para la producción pecuaria y, cuando corresponda, para la salud pública.

Este sistema nació en 1988 bajo el nombre de Sistema Nacional de Emergencia de Salud Animal; sin embargo, tras la publicación de la Ley de Salud Animal en 1983, evolucionó hasta adoptar su denominación actual.
El 2 de diciembre se anunciaron ajustes relevantes al marco que regula este mecanismo. Se modificaron los artículos 1, 3, 4 y 6, además de añadirse un cuarto párrafo al artículo 3, con el objetivo de fortalecer las capacidades de respuesta ante la presencia del Gusano Barrenador del Ganado (GBG).
Las nuevas disposiciones señalan que el propósito del Acuerdo es activar, estructurar y operar el DINESA para impedir la entrada y propagación del GBG. En caso de detectarse, se busca aplicar medidas que permitan controlarlo y, eventualmente, erradicarlo en las zonas previstas, reduciendo así el impacto económico y social que esta plaga podría ocasionar.

Asimismo, se establece que se considerarán animales susceptibles todas las especies de mamíferos y aves que puedan infectarse con el GBG, quedando excluidas únicamente aquellas originarias de ambientes acuáticos, ya sean marinos, fluviales, lacustres o provenientes de otros cuerpos de agua naturales o artificiales.
Finalmente, se indica que la Secretaría de Agricultura implementará las acciones contempladas para evitar la diseminación de esta plaga, siguiendo lo estipulado en el artículo 134 del RLFSA.
¿Cuáles son las zonas afectadas?
Con la actualización recientemente publicada, las acciones para enfrentar la plaga del Gusano Barrenador del Ganado dejan de concentrarse únicamente en las regiones 6 y 7. Ahora abarcan todas las áreas contempladas en el artículo 134 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal, ampliando así el alcance de vigilancia y control.
Región 6
Incluye los estados de Chiapas, Oaxaca y Tabasco, así como los siguientes municipios del estado de Veracruz:
- Acayucan
- Agua Dulce
- Ángel R. Cabada
- Catemaco
- Chinameca
- Coatzacoalcos
- Cosoleacaque
- Hidalgotitlá
- Hueyapan de Ocampo
- Ixhuatlán del Sureste
- Jáltipan
- Jesús Carranza
- Las Choapas
- Mecayapan
- Minatitlán
- Moloacán
- Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río
- Oluta
- Oteapan
- Pajapan
- Playa Vicente
- Saltabarranca
- San Andrés Tuxtla
- San Juan Evangelista
- Santiago Tuxtla
- Sayula de Alemán
- Soconusco
- Soteapan
- Tatahuicapan de Juárez
- Texistepec
- Uxpanapa
- Zaragoza

Región 7
Comprende los estados de:
- Yucatán
- Quintana Roo
- Campeche
Este ajuste garantiza que las medidas sanitarias se apliquen de manera más amplia y eficaz en todo el territorio señalado.
