El juez explicó que el amparo de Hernán Bermúdez es improcedente, ya que se trata de actos futuros de realización incierta.
Un juez federal desechó el amparo promovido por Hernán Bermúdez Requena, presunto líder del grupo criminal La Barredora, quien buscaba frenar una posible extradición a Estados Unidos ante el temor de ser trasladado fuera del país.
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El exfuncionario, conocido también como El Abuelo o Comandante H, presentó la demanda de amparo mientras permanece recluido en el Centro Federal de Readaptación Social No. 1 Altiplano, con el objetivo de impedir cualquier proceso de traslado y su eventual entrega a autoridades estadounidenses.

Desechan amparo de Hernán Bermúdez contra extradición
La solicitud fue analizada por el juez Daniel Marcelino Niño Jiménez, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal con sede en Toluca, quien determinó desechar el recurso.
El juzgador explicó que el juicio de amparo es improcedente cuando se promueve contra actos futuros de realización incierta, ya que el acto reclamado debe existir al momento de presentar la demanda para que pueda analizarse si afecta los derechos del solicitante.

De acuerdo con la resolución, Bermúdez Requena no acreditó que exista formalmente un procedimiento de extradición en su contra ni una solicitud oficial por parte del gobierno de Estados Unidos.
“Tratándose de actos futuros respecto de los cuales no existe certeza clara y fundada de su realización, no procede el juicio de amparo”, señaló el juez en su resolución.
Bermúdez Requena teme extradición a EU
En su demanda, Bermúdez Requena argumentó que decidió acudir a la justicia federal luego de que custodios del penal le informaran que supuestamente sería trasladado a Estados Unidos.
Según relató en el documento judicial, el 5 de marzo de 2026 personal del penal le comentó que “ya se iba al gabacho” debido a una presunta orden de extradición en su contra.

El exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco sostuvo que esta versión también se veía reforzada por notas periodísticas que hablaban de un posible procedimiento en su contra, aunque reconoció que hasta el momento no ha sido notificado formalmente de una solicitud de extradición.
Sin embargo, el juez indicó que el simple temor de que una autoridad realice un acto no constituye una afectación jurídica, por lo que no se puede promover un amparo únicamente con base en suposiciones o comentarios informales.

En ese sentido, precisó que la obligación de acudir a la justicia surge únicamente cuando el afectado tiene conocimiento formal y personal del acto reclamado, lo que en este caso no ocurrió.
