El exgobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, obtuvo un amparo contra la orden de aprehensión girada por la Fiscalía General de la República.
Después de que se emitiera una orden de aprehensión contra Francisco García Cabeza de Vaca, el exgobernador de Tamaulipas ha conseguido ampararse. Si bien la medida implica que se suspenda la ejecución de la orden de captura, continúa en riesgo de ser detenido por las autoridades.
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El 4 de octubre se emitió una orden de aprehensión contra Francisco García Cabeza de Vaca luego de que se le imputara el delito de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita. Aunado a esto, se emitió una alerta migratoria para evitar su fuga o sustracción de la justicia.
Sin embargo, se ha dado a conocer que logró obtener un amparo contra la orden de aprehensión.
El expediente del amparo quedó registrado con el folio 2477/2022 en el Consejo de la Judicatura Federal.
El juez de amparo, Faustino Gutiérrez Pérez, ha programado su audiencia para el próximo 15 de noviembre, donde resolverá si otorga la suspensión definitiva de la orden de aprehensión o no.
Se trata del mismo juez quien le otorgó el amparo por la suspensión de sus cuentas bancarias y la orden de aprehensión anterior.
Cabeza de Vaca puede ser detenido por delincuencia organizada
A pesar de que el exgobernador de Tabasco ha conseguido ampararse, delitos como la delincuencia organizada ameritan prisión preventiva de oficio, por lo que la orden de aprehensión podría llevarse a cabo y Cabeza de Vaca podría ser detenido.
“Se concede la suspensión provisional a (Francisco Javier García Cabeza de Vaca), conforme a los artículos 138, 162, 163 y 166 de la Ley de Amparo, para el efecto que si el delito por el que se libró la aprehensión reclamada no requiere prisión preventiva oficiosa, las cosas se mantengan en el estado que actualmente guardan, y no sea privado de su libertad personal hasta en tanto se resuelva lo que proceda en la suspensión definitiva”
“Para el caso que el ilícito sí requiera prisión preventiva oficiosa, se concede la suspensión provisional solicitada para el único efecto que una vez que sea ejecutado el acto reclamado (orden de aprehensión), al impetrante de amparo quede a disposición de este Juzgado de Distrito en el lugar en que sea recluido, en cuanto a su libertad personal se refiere”
Con información de: Milenio, El Financiero, Proceso, Infobae
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