El exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier Cabeza de Vaca, pidió a la SCJN analizar los requisitos para bloquear cuentas.
Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó una jurisprudencia que exigirá a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) mayores requisitos para el bloqueo de cuentas de presuntos delincuentes a “petición expresa” de autoridades extranjeras.
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En una sesión de la Segunda Sala, los ministros aprobaron con tres votos contra dos el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, el cual resolvió la contradicción de criterios 268/2023.
Este recurso fue interpuesto por José Alfredo Cavazos Mercado, abogado del exgobernador de Tamaulipas Francisco Javier García Cabeza de Vaca, debido a los criterios emitidos por Pleno del Décimo Noveno de Circuito y el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito.
Estamos malinterpretando el artículo 94: Lenia Batres
La ministra Lenia Batres votó en contra de esta decisión. Advirtió que la resolución limita las facultades de la UIF para cumplir con los compromisos internacionales de México contra la delincuencia organizada.
“Estamos malinterpretando el artículo 94, en su párrafo décimo primero de la Constitución, que establece que podemos interpretar la Constitución y normas generales, y en este caso estamos resolviendo una contradicción de criterios jurisprudenciales sobre la aclaración del término de ’petición expresa’, que tiene como consecuencia retirarle a la Unidad de Inteligencia Financiera sus facultades para bloquear cuentas.”
Señaló que le parece algo delicado, ya que México ha firmado acuerdos internacionales que obligan a aplicar medidas precautorias contra el lavado de dinero.
Sin embargo, los ministros Javier Laynez Potisek y Alberto Pérez Dayán refutaron estas afirmaciones, argumentando que la decisión clarifica los procesos que la UIF debe seguir.
“Lo que se precisa es el mecanismo es decir, en qué consiste la solicitud que hacen las autoridades extranjeras para dirigirle una solicitud expresa”, explicó Laynez.
¿Cuál es el nuevo criterio emitido por la SCJN?
De acuerdo con el nuevo criterio, la solicitud debe ser formulada por una autoridad extranjera con atribuciones en la materia y competencia para requerir dicha medida, además de estar relacionada con el cumplimiento de compromisos internacionales.
El ministro Alberto Pérez Dayán explicó que esto flexibiliza el concepto de “petición expresa”, permitiendo cualquier manifestación de voluntad que lleve a la autoridad mexicana a proceder con el bloqueo de personas, sin necesidad de recurrir a una fórmula específica.
Esta interpretación, según Pérez Dayán, facilitará el ejercicio de las facultades de la UIF, fortaleciendo la seguridad jurídica.