senado-aprueba-prohibir-terapias-reconversion-sexual-lgbt
Nacional

Triunfo LGBT: Senado aprueba prohibir y penalizar terapias de reconversión sexual

El Senado aprobó sanciones de dos a seis años a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie estos ‘tratamientos’.

Esta tarde, el Senado ha aprobado reformas al Código Penal Federal y a la Ley General de la Salud para prohibir las Ecosig en el país. La reforma contó con 69 votos a favor, 2 en contra y 16 abstenciones.

TE PUEDE INTERESAR:

Adán Augusto se reúne con Salma Luévano para tratar tema hídrico en Aguascalientes

Los votos en contra fueron mayoritariamente de integrantes del PAN, quienes buscaron modificar el dictamen bajo el argumento de que los adultos tendrían que ser libres para elegir o no tomar terapia de conversión.

senado-prohibe-las-terapias-de-conversion

La iniciativa fue impulsada en 2019 por diputadas de Morena, el Partido Verde Ecologista y Movimiento Ciudadano.

¿Qué son los Ecosig y cuál es su objetivo?

Las Ecosig son siglas que significan Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género. La Organización de las Naciones Unidas las define de la siguiente manera:

“tienen como objetivo transformar a una persona no heterosexual en una persona heterosexual, y a una persona trans o de género diverso en una persona cisgénero”

terapias-de-conversion-son-ilegales

Sin embargo, el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México declaró, en 2014, lo siguiente respecto de la homosexualidad:

“no es un trastorno de salud y no puede ser susceptible de tratamientos de sanación, cambio, curación o enfermedad”

senado-prohibe-las-ecosig

De igual forma, la ONU junto con otros grupos a favor de los derechos de la comunidad LGBT+ han demostrado que las Ecosig, lejos de ayudar a las personas, les generan profundos traumas emocionales y físicos.

Estas son las sanciones que aprobó el Senado

La aprobación de la penalización indica:

“se sancionará con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona”

quedan-prohibidas-las-terapias-de-conversión

Las sanciones podrán aumentar hasta el doble en los siguientes casos:

“cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, personas adultas mayores o personas con alguna discapacidad”

El apartado Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas indica que a cualquier persona que incurra en las conductas sancionadas se les aplicarán las penas de amonestación o apercibimiento, a consideración del juez.

Con información de: Azucena Uresti, La Lista, Expansión.

Portada: Especial.

Entradas relacionados

Armenta promueve importancia del desarrollo inclusivo en el sector empresarial

Redactor

AMLO aclara relación de Harfuch con Ayotzinapa: ‘no participó en la desaparición’

Irving

AMLO responde a petición de Xóchitl sobre cancelar mañaneras: ‘están nerviosos’

Irving