Luisa María Alcalde aclaró que no existe una solicitud formal de extradición contra Rubén Rocha Moya, sino una petición preliminar sin sustento suficiente.
La consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, aclaró que el proceso relacionado con el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, aún no configura una solicitud formal de extradición por parte de Estados Unidos, sino que se encuentra en una etapa preliminar basada en una petición de detención provisional.
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Durante su participación en la conferencia matutina encabezada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, la cual se llevó a cabo en Palacio Nacional, la funcionaria explicó que existe una diferencia clave entre ambos procedimientos.

Mientras la solicitud formal de extradición implica la presentación de cargos, pruebas, orden de aprehensión y sustento jurídico completo conforme al tratado bilateral, la detención provisional se solicita en casos de urgencia, cuando se presume riesgo de fuga o de entorpecimiento del proceso.En este caso, indicó, la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York optó por la vía de la detención provisional, aunque sin aportar elementos suficientes para justificar dicha urgencia.
“Se determinó que no se acreditaron pruebas que demuestren riesgo de sustracción u obstaculización del proceso… El momento procesal exacto es que no existen elementos suficientes para determinar la urgencia, por lo que se requiere que el país solicitante aporte más información”.

Luisa Alcalde explica solicitud de EU por caso Rocha Moya
Asimismo, la consejera jurídica detalló que, tras recibir la opinión de la Fiscalía General de la República (FGR), la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) solicitó información adicional al gobierno estadounidense para sustentar la petición.

Es así que Luisa María Alcalde subrayó que ni la FGR ni la Cancillería tienen la facultad de determinar la procedencia de una detención provisional, ya que esa decisión corresponde exclusivamente a un juez de control.

“Quien lo va a determinar es un juez de control, no la Fiscalía ni la Secretaría de Relaciones Exteriores”.
¡Para que no haya dudas! ☝🏻
🔴 #LuisaAlcalde (@LuisaAlcalde) explicó en qué consiste el proceso de extradición y lo solicitado por el Departamento de Justicia de EU tras el caso #RubénRocha (@rochamoya_) 👩🏻📹 pic.twitter.com/wPPs04yIHo
— SinLínea.Mx (@SinLinea_Mx) May 4, 2026
En caso de que Estados Unidos logre acreditar la urgencia, la Fiscalía podría solicitar ante un juez la detención provisional, lo que abriría un plazo de 60 días para que se presente formalmente la solicitud de extradición con todos los requisitos legales.

Principios legales que rigen el caso Rubén Rocha
Luisa María Alcalde también cuestionó la difusión pública del caso, al advertir que este tipo de procesos deben manejarse bajo estricta confidencialidad para garantizar el debido proceso y la presunción de inocencia.
La funcionaria señaló que la filtración de información generó un “linchamiento mediático” contra las personas señaladas, pese a que no existe una determinación judicial sobre culpabilidad ni sobre la procedencia de la solicitud. En ese sentido, reiteró que tanto la FGR como la SRE se han mantenido sin emitir juicios, en apego a los principios del sistema jurídico mexicano.

“Será un juez quien determine cualquier medida cautelar, siempre con base en pruebas”.
Finalmente, insistió en que el caso de Rubén Rocha Moya se rige por tratados internacionales y criterios legales estrictos, por lo que cualquier avance dependerá de que las autoridades estadounidenses presenten la información necesaria para sustentar su petición.

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Portada: El Político
Autor: Irving Sánchez/@irvingsannz
