La SCJN avaló la impunidad de los trabajadores y juzgadores que estuvieron en paro, lo que significa que el personal en cuestión no tendrá sansión alguna.
En medio de la discusión sobre la suspensión del proceso de la elección en el Comité de Evaluación del Poder Judicial, surgió una nueva polémica en torno a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues ahora esta avaló que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) haya reconocido en su momento la existencia del paro de labores en juzgados y tribunales en protesta por la reforma en cuestión.
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Durante la sesión del pasado miércoles 15 de enero, la SCJN aprobó, con siete votos a favor y tres en contra, el proyecto del ministro Jorge María Pardo Rebolledo, el cual buscó validar la circular 17/2024 emitida por el pleno de la Judicatura el 23 de agosto de 2024, con la que se tomó conocimiento de la suspensión de actividades en el Poder Judicial.
Según la circular, se declaró que el 21 de agosto del año pasado la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) suspendió plazos y emitió medidas para que se atendieran solo los casos urgentes.
SCJN avala impunidad por paro de 68 días en el Poder Judicial
Con la decisión de la SCJN se evitará que a futuro se finquen responsabilidades de cualquier tipo a quienes participaron en el paro del Poder Judicial, independientemente de si se tratan de trabajadores, jueces, magistrados y los propios ministros.
Y es que, de alguna u otra forma, todos los anteriores se vieron involucrados en la suspensión que duró oficialmente 68 días, entre septiembre y octubre del año pasado.
En la sesión, Jorge María Pardo Rebolledo expresó:
“De no haber emitido pronunciamiento alguno, consideramos que se hubiera perjudicado el funcionamiento jurisdiccional y dejado en estado de incertidumbre a los justiciables al no haberse suspendido los términos respectivos”.
Batres, Esquivel y Ortiz critican actuar del CJF
Como ha sido costumbre en los últimos meses, las ministras Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf votaron en contra, pues justificaron que la solicitud quedó sin materia porque la Jufed acordó reanudar labores el 28 de octubre pasado; no obstante, no dejaron pasar por el alto el actuar de la CJF.
Por su parte, la ministra Lenia Batres Guadarrama dejó en claro que no es facultad de la SCJN calificar o validar los actos del CJF; además, cuestionó el actuar de la ministra Norma Piña Hernández y de otros de sus compañeros.
“La actuación del CJF es debatible y, desde mi punto de vista, absolutamente sancionable, porque su función no es estar regularizando a posteriori decisiones unilaterales que, sin contar con competencia para ello, tomaron las personas juzgadoras para suspender el servicio público”.
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Portada: El Político
Autor: Irving Sánchez/@irvingsannz