La decisión del juez de Morelia se derivó de un amparo de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito.
El pasado sábado 21 de diciembre se dio a conocer que un juez de Morelia determinó que los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) deben detener la organización de la elección de jueces y magistrados.
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El juez Primero de Distrito en Morelia, Michoacán, Sergio Santamaría Chamú, también ordenó a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Tesorería de la Federación abstenerse de proceder con la extinción de fondos y fideicomisos pertenecientes al Poder Judicial.
Como parte de la resolución, el juez impuso una multa de 107 mil 570 pesos a cada uno de los once consejeros del INE y a los dos funcionarios federales implicados. En caso de no cumplir con la orden, se aplicará una nueva sanción económica del mismo monto.
La decisión surgió a raíz de un amparo promovido por la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, como parte de las acciones legales emprendidas en contra de la reforma al Poder Judicial.
La organización alegó que la reforma constitucional amenaza la autonomía de dicho Poder.
Consejeros del INE tendrán una cuarta multa si incumplen orden
Este dictamen representa la cuarta sanción económica impuesta a los consejeros del INE. En ocasiones anteriores, un juez de Colima multó a los consejeros tres veces con montos superiores a 54 mil pesos cada uno, debido a presuntas omisiones en acatar suspensiones relacionadas con la misma reforma judicial.
El juez Santamaría otorgó un plazo de 48 horas para que los involucrados emitan los acuerdos administrativos correspondientes, contadas a partir de la notificación oficial.
Se prevé que este aviso sea recibido en las oficinas del INE y de Hacienda una vez concluidas las festividades navideñas.
“El Consejo General del Instituto Nacional Electoral ordene la suspensión en la etapa en que se encuentra el proceso electoral extraordinario 2024-2025, respecto de las categorías de juez y jueza de distrito, así como magistrado y magistrada de circuito”, indica la resolución del juez.
En cuanto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Tesorería de la Federación, el juez ordenó abstenerse de lo siguiente:
“a) extinguir los fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que actualmente existen en el Poder Judicial de la Federación, enterar los recursos, remanentes, productos y aprovechamientos que existan en dichos instrumentos a la Tesorería de la Federación, o destinarlos a la implementación y demás propósitos del decreto reclamado, con excepción de las indemnizaciones que deban ser cubiertas para los integrantes del Poder Judicial de la Federación.
y b) suprimir, reducir, retener o cancelar las pensiones complementarias a quienes se encuentren en condición de retiro o pensión, o a las personas beneficiarios”.