SCJN vs. CDMX
Nacional

Suprema Corte anula delito de corrupción en CDMX porque era ‘confuso’

La Suprema Corte dijo que la “corrupción” no puede ser tomada como un delito en la CDMX, por lo que la reforma no podrá ser una realidad para la capital.

Una vez más, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encuentra en el ojo del huracán, luego de que invalidara la reforma del Código Penal para la Ciudad de México que creaba el delito de corrupción, con el cual se aumentarían las penas para las y los funcionarios que cometieran tales actos.

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De acuerdo con lo expuesto por el Poder Judicial, la disposición que emitió la Ciudad de México es bastante confusa, por lo que se debe definir con claridad qué conductas se deben castigar y no simplemente que todo generalizado como “corrupción“.

Parte de la disposición anulada dicta lo siguiente:

“Comete el delito de corrupción el servidor público que realice o deje de llevar a cabo lo que la ley le impone cumplir o se abstenga de realizar lo que le prohíbe, para obtener un beneficio indebido de cualquier naturaleza, inclusive económica, para sí o en favor de un tercero”.

Suprema Corte

Suprema Corte anula delito de corrupción en CDMX

Fue así que con mayoría de votos, la SCJN sentenció que tal reforma en la Ciudad de México no se podrá llevar a cabo, a menos por ahora, pues, de confirmarse, esto generaría un sinfín de consecuencias jurídicas dentro de la capital del país.

Por su parte, el ministro Javier Laynez Potisek explicó que no solo se debe describir la conducta a castigar, sino que también no sería bueno convertir a los administradores de asociaciones civiles al término funcionario, es decir, según su visión, estos quedarían exentos de castigo, aunque reciban dinero público.

Javier Laynez

“Generan un cúmulo de consecuencias jurídicas que ocasionan en los destinatarios una gran confusión e incertidumbre respecto de su explicación… El convertir a los administradores y directores de asociaciones civiles solo porque manejen o reciban un donativo, una aportación, su conversión a servidores públicos es innecesaria… Esto puede tener impactos de mucha trascendencia en sus derechos y libertades”.

Lenia Batres muestra su inconformidad con ministros de la SCJN

En tanto, la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien fue la única que voto contra la propuesta de anulación, hizo hincapié en que la Ley de Amparo prevé que los particulares pueden tener el carácter de autoridad, por lo que sí es razonable que quienes encabezan asociaciones civiles sean considerados para esta reforma.

Lenia Batres

“Los sujetos de derecho privado tienen una gran incidencia en el ámbito del derecho público y operan en múltiples ocasiones con amplios márgenes de discrecionalidad cuando se hacen cargo de funciones públicas. Es por ello que deben encontrarse sujetos a responsabilidades y medios de control que limiten las prácticas abusivas y de corrupción”.

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Portada: El Político
Autor: Irving Sánchez/@irvingsannz

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